Ponle a Vera tu mejor cara, no las cacas de tu perro.

Acciones sancionables en relación a la tenencia de mascotas.

Tener animales en condiciones higiénico-sanitarias inadecuadas.

Que puedan perjudicar la salud de las personas o del resto de los animales.

Tener animales rurales en zonas urbanas.

En caso de agresión a una persona o a otro animal, no comunicarlo en el plazo de 24 horas a los servicios municipales el propietario o poseedor de dicho animal.

Así como no facilitar su control sanitario.

Tener animales en viviendas o pisos de forma que ocasiones molestias al resto de vecinos.

También en lugares públicos, en especial si molestan a niños, ancianos o personas con minusvalía.

Bañar a los animales en el mar en los lugares no acotados para ello.

Así como en fuentes y estanques públicos.

Pasear a perros en lugares públicos sin bozal.

Especialmente aquellas razas calificadas de peligrosas.

No llevar la documentación censal de tu mascota en lugares públicos.

Tener animales en azoteas, terrazas de pisos y espacios comunitarios.

No recoger, como propietario de tu mascota, sus excrementos en espacios públicos.

Deberás recogerlos en una bolsa impermeable, cerrarla perfectamente y tirarla en una papelera o contenedor.

Piezas gráficas